insprevm@ipm.org.gt +502 2305 4900

Requisitos Montepío

Requisitos:
  • • Solicitud de PENSIÓN EN EL ORDEN MILITAR, dirigida al señor Gerente del IPM, con firma legalizada por Notario, solicitud que deberá presentar antes de que cause baja.
  • • Declaración Jurada en acta notarial en la que se haga constar si ha perdido o no su nacionalidad guatemalteca.
  • • Certificación de nacimiento extendida por el Registro Nacional de las Personas, original, no mayor de 6 meses.
  • • Fotocopia del Documento Personal de Identificación (DPI), vigente.
  • • Certificación de servicios extendida por el Servicio de Ayudantía General del Ejército, Servicio, Dependencia Militar o entidad respectiva.
  • • Certificación de carencia de antecedentes penales, original, no mayor de 6 meses.
  • • Certificación de sueldos extendida por la Dirección General de Finanzas del Ministerio de la Defensa, en la cual consten los descuentos efectuados en concepto de montepío. Nota: Para que el pago de su Jubilación sea a partir de la fecha de su baja, debe presentar al IPM su solicitud estando de alta en el Ejército de Guatemala, con fundamento en el artículo 9º., romanos I, literal c), ordinal 1º. del Decreto Ley 55.

Nota: Para que el pago de su Jubilación sea a partir de la fecha de su baja, debe presentar al IPM su solicitud estando de alta en el Ejército de Guatemala, con fundamento en el artículo 9º., romanos I, literal c), ordinal 1º. del Decreto Ley 55.

Requisitos:
  • 1. Solicitud de MONTEPIO EN EL ORDEN MILITAR, dirigida al señor Gerente del IPM, con firma legalizada por Notario.
  • 2. Declaración Jurada en Acta Notarial en la que se haga constar si ha perdido o no la nacionalidad guatemalteca.
  • 3. Certificación de defunción extendida por el Registro Nacional de las Personas, original, no mayor de 6 meses.
  • 4. Certificación de su matrimonio extendida por el Registro Nacional de las Personas en la que se indique el CUI de los contrayentes, original, no mayor de 6 meses.
  • 5. Certificación de nacimiento del fallecido, extendida por el Registro Nacional de las Personas con las anotaciones de su matrimonio (y la identificación de persona, si tuviere), original, no mayor de 6 meses.
  • 6. Certificación de su nacimiento de la beneficiaria extendida por el Registro Nacional de las Personas con las anotaciones de su matrimonio (y de identificación de persona, si tuviere), original, no mayor de 6 meses.
  • 7. Constancia de carencia de antecedentes penales de la beneficiaria, original, extendida con fecha reciente.
  • 8. Original y fotocopia del Documento Personal de Identificación DPI de la beneficiaria.
  • 9. Fotocopia del carnet del Número de Identificación Tributaria (NIT).
  • 10.Fotocopia certificada del Acuerdo mediante el cual se otorgó jubilación en el orden militar al causante.

Nota: Si hubiere HIJOS MENORES, deberá incluírsele en la solicitud y en la Declaración Jurada, debiendo adjuntar la certificación de nacimiento extendida por el Registro Nacional de las Personas (RENAP), original y reciente.


Requisitos:
  • 1. Solicitud de MONTEPIO EN EL ORDEN MILITAR, dirigida al señor Gerente del IPM, con firma legalizada por Notario.
  • 2. Declaración Jurada en Acta Notarial en la que se haga constar si ha perdido o no la nacionalidad guatemalteca.
  • 3. Certificación de defunción extendida por el Registro Nacional de las Personas, original, no mayor de 6 meses.
  • 4. Certificación de matrimonio extendida por el Registro Nacional de las Personas original, no mayor de 6 meses, en la que se indique el CUI de los contrayentes.
  • 5. Certificación de nacimiento del fallecido, extendida por el Registro Nacional de las Personas con las anotaciones de su matrimonio (y anotación de identificación de persona, en el caso que tuviere), original, no mayor de 6 meses.
  • 6. Certificación de nacimiento del beneficiario extendida por el Registro Nacional de las Personas con las anotaciones de su matrimonio (y anotación de identificación de persona, en el caso que tuviere), original, no mayor de 6 meses.
  • 7. Constancia de carencia de antecedentes penales, original, no mayor de 6 meses.
  • 8. Original y fotocopia de su documento personal de identificación DPI, vigente.
  • 9. Fotocopia del carnet del Número de Identificación Tributaria (NIT).
  • 10. Certificación de Servicios extendidas por el Servicio de Ayudantía General del Ejército.
  • 11. Certificación de sueldos y descuentos extendida por la Dirección General de Finanzas del Ministerio de la Defensa, en la cual consten los descuentos efectuados en concepto de montepío.

Nota: Si hubiere HIJOS MENORES, deberá incluírsele en la solicitud y en la Declaración Jurada, debiendo adjuntar la certificación de nacimiento de los hijos del fallecido, extendida por el Registro Nacional de las Personas (RENAP), original, no mayor de 6 meses.


Requisitos:
  • • Solicitud de JUBILACIÓN EN EL ORDEN MILITAR, dirigida al señor Gerente del IPM, con firma legalizada por Notario, solicitud que deberá presentar antes de que cause baja del Ejército de Guatemala.
  • • Declaración Jurada en acta notarial en la que se haga constar si ha perdido o no su nacionalidad guatemalteca.
  • • Certificación de nacimiento extendida por el Registro Nacional de las Personas, original, no mayor de 6 meses.
  • • Fotocopia del DPI, vigente.
  • • Fotocopia del carnet del Número de Identificación Tributaria (NIT).
  • • Certificación de servicios extendida por el Servicio de Ayudantía General del Ejército, Servicio, Dependencia Militar o entidad respectiva.
  • • Certificación de carencia de antecedentes penales, original, no mayor de 6 meses.
  • • Certificación de sueldos y descuentos, extendida por la Dirección General de Finanzas del Ministerio de la Defensa, en la cual consten los descuentos efectuados en concepto de montepío.

Nota: Para que el pago de su Jubilación sea a partir de la fecha de su baja, debe presentar al IPM su solicitud estando de alta en el Ejército de Guatemala, con fundamento en el artículo 9º., romanos I, literal c), ordinal 1º. del Decreto Ley 55.


Requisitos:
  • • 1. Solicitud de GRATIFICACIÓN EN EL ORDEN MILITAR, dirigida al señor Gerente del IPM, con firma legalizada por Notario.
  • 2. Declaración Jurada en Acta Notarial en la que se haga constar si ha perdido o no la nacionalidad guatemalteca.
  • 3. Certificación de defunción extendida por el Registro Nacional de las Personas, original, no mayor de 6 meses.
  • 4. Certificación de matrimonio extendida por el Registro Nacional de las Personas original, no mayor de 6 meses, en la que se indique el CUI de los contrayentes.
  • 5. Certificación de nacimiento del fallecido, extendida por el Registro Nacional de las Personas con las anotaciones de su matrimonio (y de identificación de persona, solo en el caso que tuviere), original, no mayor de 6 meses.
  • 6. Certificación de nacimiento del beneficiario extendida por el Registro Nacional de las Personas con las anotaciones de su matrimonio (y de identificación de persona, solo en el caso que tuviere), original, no mayor de 6 meses.
  • 7. Constancia de carencia de antecedentes penales, original, no mayor de 6 meses.
  • 8. Original y fotocopia de su Documento Personal de Identificación (DPI), vigente.
  • 9. Fotocopia del carnet del Número de Identificación Tributaria (NIT).
  • 10. Certificación de Servicios extendidas por el Servicio de Ayudantía General del Ejército, Servicio, Dependencia Militar o entidad respectiva.
  • 11. Certificación de sueldos y descuentos extendida por la Dirección General de Finanzas del MDN, Servicio, Dependencia Militar o entidad respectiva, en la cual consten los descuentos efectuados en concepto de montepío, y conste que se tuvieron a la vista los recibos 63 ”A” o comprobantes de los ingresos fiscales de los descuentos de montepío que se le realizaron, consignándose los números y las fechas correspondientes. Así también, se haya dado fe de la autenticidad de los recibos o comprobantes fiscales en mención, por la Delegación de la Contraloría General de Cuentas ubicada en la citada entidad militar, por medio del dictamen respectivo, de conformidad con lo solicitado por la Dirección de Contabilidad del Estado en Oficio No. SDCE-185-2003 de fecha 7 de agosto de 2003 (Certificación Horizontal).

Nota: Si hubiere HIJOS MENORES, deberá incluírsele en la solicitud y en la Declaración Jurada, debiendo adjuntar la certificación de nacimiento de los hijos del fallecido, extendida por el Registro Nacional de las Personas (RENAP), original, no mayor de 6 meses


Requisitos:
  • • Solicitud de DEVOLUCIÓN EN EL ORDEN MILITAR, dirigida al señor Gerente del IPM, con firma legalizada por Notario, solicitud que deberá presentar después de que cause baja del Ejército de Guatemala.
  • • Declaración Jurada en acta notarial en la que se haga constar si ha perdido o no su nacionalidad guatemalteca.
  • • Certificación de nacimiento extendida por el Registro Nacional de las Personas, original, no mayor de 6 meses.
  • • Fotocopia del DPI, vigente.
  • • Fotocopia del carnet del Número de Identificación Tributaria (NIT).
  • • Certificación de servicios extendida por el Servicio de Ayudantía General del Ejército, Servicio, Dependencia Militar o entidad respectiva.
  • • Certificación de carencia de antecedentes penales.
  • • Certificación de sueldos y descuentos extendida por la Dirección General de Finanzas del MDN, Servicio, Dependencia Militar o entidad respectiva, en la cual consten los descuentos efectuados en concepto de montepío, y conste que se tuvieron a la vista los recibos 63 ”A” o comprobantes de los ingresos fiscales de los descuentos de montepío que se le realizaron, consignándose los números y las fechas correspondientes. Así también, se haya dado fe de la autenticidad de los recibos o comprobantes fiscales en mención, por la Delegación de la Contraloría General de Cuentas ubicada en la citada entidad militar, por medio del dictamen respectivo, de conformidad con lo solicitado por la Dirección de Contabilidad del Estado en Oficio No. SDCE-185-2003 de fecha 7 de agosto de 2003 (Certificación Horizontal).

Nota: Si hubiere HIJOS MENORES, deberá incluírsele en la solicitud y en la Declaración Jurada, debiendo adjuntar la certificación de nacimiento de los hijos del fallecido, extendida por el Registro Nacional de las Personas (RENAP), original, no mayor de 6 meses