insprevm@ipm.org.gt +502 2305 4900

Requisitos Tropa

Requisitos:
  • • Certificación de la partida de nacimiento extendida por el Registro Nacional de las Perso nas, original, no mayor de 6 meses.
  • • Certificación de servicios que haga constar que se le efectuaron los descuentos de cincuenta quetzales (Q50.00) correspondientes al Régimen Especial de IPM, emitida por la Brigada o Comando.
  • • Fotocopia de su Documento Personal de Identificación -DPI, vigente.
  • • Fotocopia del carnet de su Número de Identificación Tributaria –NIT-.
  • • Documento que acredite su número de cuenta de depósito monetario o de ahorro, constituida a su nombre en la Institución Bancaria G&T Continental, BANRURAL o CHN (no mancomunada).

Obligaciones del afiliado:
  • • Presentar a este Instituto dentro de los primeros quince días del mes de enero de cada año, acta de su supervivencia.
  • • Los afiliados que devenguen sueldo del Estado o entidades descentralizadas, están obligados a dar aviso al Instituto para la suspensión de su prestación, con base al Artículo 50 del Reglamento del Régimen Especial del Instituto de Previsión Militar.
  • • En caso de fallecimiento del afiliado, sus beneficiarios o familiares cercanos, están obligados a dar aviso de este hecho al Instituto de Previsión Militar.
  • • Fotocopia del carnet de su Número de Identificación Tributaria –NIT-.
  • • Cualquier modificación de sus datos personales, es necesario que los actualice en el Departamento de Estadística de este Instituto. Tel: 2305-4955
  • • Cualquier modificación de sus datos personales, es necesario que los actualice en el Departamento de Estadística de este Instituto. Tel: 2305-4955
  • • Cualquier modificación de sus datos personales, es necesario que los actualice en el Departamento de Estadística de este Instituto. Tel: 2305-4955
Requisitos:

Por parte de las Brigadas,Comandos y Dependencias Militares

Al ocurrir el fallecimiento del personal de tropa del Ejército de Guatemala, el Co mandante, Jefe o Director del Comando, servicio o Dependencia Militar donde se encontraba de alta el elemento de tropa, enviará al Instituto de Previsión Militar, dentro de los cinco días siguientes de acaecido el deceso, los documentos siguientes:

  • • Original de certificación de defunción, emitida por el Registro Nacional de las Personas, vigente y copia certificada de la misma por el responsable del Comando, servicio o Dependencia Militar.
  • • Certificación de servicios en la cual conste el hecho de haberse efectuado los descuentos
  • • Original de la Póliza de Beneficiarios (color azul).
  • • Original y duplicado de la Póliza de Socorro por Fallecimiento y Protección Póstuma Extraordinaria (color amarillo).
  • • Fotocopia de Documento Personal de Identificación del fallecido.
  • • Informe circunstanciado de las causas que motivaron el deceso del elemento de tropa y copia certificada del mismo por el responsable del Comando, servicio o Dependencia Militar.
  • • Informar lo que corresponda respecto a si la Brigada, Comando o Dependencia Militar realizó los gastos funerarios.
  • • Informar número telefónico y/u otra información de contacto del beneficiario de las prestaciones.

Obligaciones por parte de los beneficiarios:
  • 1. Solicitud dirigida al señor Gerente del IPM (se llena en el Departamento de Prestaciones).
  • 2. Certificación de la partida de nacimiento del beneficiario, emitida por el Registro Nacional de las Personas, vigente.
  • 3. Fotocopia de Documento Personal de Identificación del beneficiario, vigente.
  • 4. Fotocopia del Número de Identificación Tributaria del beneficiario.
  • 5. Documento que acredite número de cuenta bancaria aperturada a nombre del beneficiario en Banco G&T Continental o BANRURAL (no mancomunada); opcional.

Beneficios:

Pago por una única vez, en concepto de:

  • Seguro de Vida: Q75,000.00
  • Protección Póstuma Extraordinaria: Q5,000.00
  • Socorro por fallecimiento: Q3,000.00